Objetivos de la Reforma Laboral Promover el al mercado laboral para más mexicanos Facilitar la generación de más y mejores empleos formales para atender las necesidades de la población, en especial de jóvenes y mujeres. Impulsar la productividad con beneficios compartidos para trabajadores y empresas Propiciar las condiciones que estimulen el crecimiento económico, al fomentar más inversiones, que generen nuevos empleos. Fomentar el Trabajo Digno y la protección más efectiva de los derechos laborales Mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo; con capacitación, prestaciones y no discriminación, y respeto pleno a los derechos individuales y colectivos de los trabajadores. Agilizar y mejorar la justicia laboral Mejorar la impartición y procuración de la justicia laboral a través de su modernización y profesionalización.
Basados en las estadísticas oficiales, investigadores de la UNAM sostienen que a raíz de la reforma laboral de 2012 las jornadas de la clase trabajadora se han incrementado y, en contraposición, reducido sus ingresos. Evidencian, asimismo, que el mercado de trabajo preserva sus altos niveles de desempleo, al sumar 9 millones de personas en esta situación. En contraste, Claudia Delgadillo González, presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados, sostiene que dicha reforma ha sido benéfica para el país y para los trabajadores. Refiere, por ejemplo, que para 2014 ésta generó 714 mil 526 puestos formales, lo que “representa la mayor generación de empleos en las últimas décadas”; que hizo más pronta y expedita la justicia laboral; y que logró atraer una mayor inversión para el país Del Trabajo y de la Previsión Social Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, Antigüedad Artículo 162. Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas siguientes: I. La prima de antigüedad consistirá en el importe de doce días de salario, por cada año de servicios; II. Para determinar el monto del salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486; III. La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido; IV. Para el pago de la prima en los casos
de retiro voluntario de los trabajadores, se observarán las normas siguientes: a) Si el número de trabajadores que se retire dentro del término de un año no excede del diez por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento, o de los de una categoría determinada, el pago se hará en el momento del retiro. b) Si el número de trabajadores que se retire excede del diez por ciento, se pagará a los que primeramente se retiren y podrá diferirse para el año siguiente el pago a los trabajadores que excedan de dicho porcentaje. c) Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor antigüedad y podrá diferirse para el año siguiente el pago de la que corresponda a los restantes trabajadores; V. En caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a las personas mencionadas en el artículo 501; y VI. La prima de antigüedad a que se refiere este artículo se cubrirá a los trabajadores o a sus beneficiarios, independientemente de cualquier otra prestación que les corresponda. Artículo 485. La cantidad que se tome como base para el pago de las indemnizaciones no podrá ser inferior al salario mínimo. Artículo 486. Para determinar las indemnizaciones a que se refiere este título, si el salario que percibe el trabajador excede del doble del salario mínimo del área geográfica de aplicación a que corresponda el lugar de prestación del trabajo, se considerará esa cantidad como salario máximo. Si el trabajo se presta en lugares de diferentes áreas geográficas de aplicación, el salario máximo será el doble del promedio de los salarios mínimos respectivos. El neoliberalismo –también llamado nuevo liberalismo o liberalismo tecnocrático– es la corriente económica y política capitalista, inspirada y responsable del resurgimiento de las ideas asociadas al liberalismo clásico o primer liberalismo desde las décadas de 1970 y1980. http://aristeguinoticias.com/0110/mexico/asi-quedo-la-reforma-laboral/